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Spanish Off-Plan Property - Bank Guarantees - LEY 57/68

This blog is for all those Off-Plan property purchasers in Spain who have not received Bank Guarantees for their deposit funds as required by Spanish Law, in particular LEY 57/68 Article 1.1 and 1.2 and are now at risk of losing their money. In addition many purchasers who did receive Bank Guarantees are now finding that the Spanish Banks are refusing to honour them without legal action being taken by the purchaser.

ARTICLE IN EL PAÍS - SUNDAY 7 JULY 2013
Tuesday, July 9, 2013 @ 12:34 PM

ARTICLE IN EL PAÍS - SUNDAY 7 JULY 2013

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/05/actualidad/1373051752_595536.html
 

Compradores de promociones fantasma recuperan el dinero por una ley de 1968

Los jueces culpan a la banca de incumplir la normativa, que les hace también responsables

El banco debe garantizar que las cantidades que recibe el promotor van a la construcción

 

Rafael Méndez – El País - Madrid - 7 JUL 2013 - 00:00 CET

 

Keith Rule recuerda que un amigo le pasó un anuncio que había visto en una revista de Easyjet sobre unas casas en Hellín (Albacete). Era 2006 y no había posibilidad de equivocarse al comprar casa en España. “Lo vendían como ‘la verdadera España’. No era un resort en la costa, sino en el interior, en Albacete, en un sitio muy bonito”, recuerda hoy por teléfono desde Londres. “Finca Parcs-Las Higuericas” se llamaba la promoción. Iban a ser 617 chalés con piscina en el campo. No era el destino habitual y a pesar de eso atrajo a unos 300 británicos e irlandeses que dieron un anticipo por la vivienda. Compraron sobre plano, cuando aún no había nada. Keith, que tiene una lavandería, pensaba pasar temporadas en España.

 

Pero pronto vio que algo se había torcido. De arriba abajo, la explosión de la burbuja inmobiliaria llegó inexorable a Hellín. Y la promotora, Cleyton Ges, se quedó sin dinero para las cinco fases. Era 2008 y Keith vio que los 53.434 euros que había dado como anticipo estaban en serio riesgo. Ni la CAM, la caja que había recogido todos los ingresos, podía financiar la obra ni devolvía el dinero. Keith comenzó a consultar a abogados. “Me decían que demandara al promotor, pero sabía que así no recuperaría mi dinero. Busqué en Internet con el poco español que sabía y vi que había una ley de 1968. La traduje con Google y leí que el banco también era responsable”.

 

La ley es la 57/1968 “sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas”. Se trata de una concisa norma, dos folios y siete artículos, que da todo tipo de garantías al comprador de viviendas. La ley explica que surge por “la justificada alarma que en la opinión pública ha producido la reiterada comisión de abusos, que, de una parte, constituyen grave alteración de la convivencia social y, de otra, evidentes hechos delictivos”.

 

La norma pretendía evitar casos como el de la sociedad Nueva Esperanza, que en los años sesenta se llevó el dinero de más de 10.000 ahorradores sin levantar los pisos prometidos. “Las medidas tomadas vienen a resolver un problema indignante, ya que gente que estaba ahorrando toda su vida para hacerse con un piso se veía de la noche a la mañana con el dinero perdido y sin vivienda”, declaró entonces un portavoz del Ministerio de Vivienda, según recogió el diario Abc. La ley no solo exige al promotor la devolución del dinero, sino que dice que el banco debe garantizar que las cantidades que este recibe deben ir a la construcción. El banco debe fiscalizar el destino del dinero y exigir un aval “bajo su responsabilidad”. Esos derechos, según la norma, son “irrenunciables”.

 

Con el desplome de la burbuja, el abogado Javier Domínguez Romero comenzó a recibir consultas de gente que se había quedado pillada en promociones a medias y se estudió la ley de 1968. “La norma había dormido el sueño de los justos durante los tiempos de bonanza económica. Los abogados apenas recurríamos a ella”. Publicó un libro sobre la ley y desde entonces ha perdido la cuenta del número de ejecuciones de avales que ha llevado.

 

Por esa época, Keith Rule comienza su lucha. Quiere ir más allá. Recuperar el dinero aunque el promotor ni había depositado los avales para 100 de los compradores. No llega a encontrar a Domínguez. De hecho, le costó dar con un abogado dispuesto a ir contra la CAM —“me llamaban loco”—, hasta que con 46 compradores convenció a Jaime de Castro, de un bufete de Algeciras especializado en clientes británicos. El juicio se celebró en mayo de 2012 y fue un espectáculo. La CAM pidió que fueran todos los demandantes, con lo que 47 familias británicas e irlandesas se desplazaron hasta Hellín, aunque luego su representante no les hizo preguntas. El argumento de la caja era que no tenía “ninguna relación jurídica” con los británicos, que estos debían reclamar al promotor, que no tenía los avales a los que le obligaba la ley por si no finalizaba las casas. Sin embargo, la juez consideró que el banco también era responsable. Hace un año, les dio la razón y ordenó a la CAM que devolviera 1.494.710 euros que los británicos habían dado a la inmobiliaria. Argumentó que “la CAM conocía que los anticipos ingresados en cuentas abiertas en sus sucursales se trataban de ingresos a cuenta de compradores de una promoción inmobiliaria e hicieron dejación absoluta de sus obligaciones que como entidad financiera le impone la ley 57/68 incurriendo su conducta en una mala praxis bancaria”.

 

La Audiencia Provincial ratificó la sentencia hace un mes y los británicos ya están cobrando, y con intereses y costas, lo pagado. La CAM, hoy parte del Sabadell, ni recurrió al Supremo, como confirma un portavoz. El banco considera este caso uno más de la herencia envenenada que dejó la caja. La Embajada británica afirma en una carta que lo usará como guía para casos similares. Keith, que ahora colabora con el bufete que llevó el caso, sostiene que su sentencia da una nueva esperanza a quienes han enterrado dinero en la burbuja inmobiliaria: “Esta ley es, 45 años después, más necesaria que nunca”. Domínguez sienta un precedente que, de generalizarse, daría mucha más protección al consumidor, ya que el banco paga incluso si no hay aval. Y podría abrir otra vía de agua en el sistema bancario.

 

Aunque los detalles cambian, hay muchos más clientes que, contra pronóstico, están recuperando el dinero que dieron para promociones fantasma. Alec John Edwards es un técnico del servicio de bomberos de Liverpool que en 2009 dio 150.000 euros como anticipo por una casa en el Trampolin Hills, en un diminuto pueblo de Murcia: “Como vimos que no se construía pedimos ejecutar el aval, pero el banco se negaba”. Hace dos meses, tras un pleito, recobró los 150.000 euros, y aún no da crédito. Su abogada, Guadalupe Sánchez, opina que los británicos tienen más costumbre de pleitear: “A los españoles les cuesta más ir contra la banca. Los anglosajones lo tienen más interiorizado”. Antonio Flores, abogado de Málaga especializado en atender a clientes extranjeros en temas inmobiliarios, coincide: “Estos insistieron mucho más y exigieron una respuesta del sistema”.

 

Los jueces empiezan a paliar la mala fama del urbanismo español en Europa. El Supremo exigió en marzo pasado especial protección para los extranjeros que compren una vivienda. Keith resume: “España ha demostrado ser un país serio, en el que si perseveras, la justicia funciona”.



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